ATENCIÓN DE DENUNCIAS


¿Que es la Oficina de Atención al Ciudadano?

Es un lugar donde puedes acudir a DENUNCIAR irregularidades que hayas observado en los Órganos que conforman la Administración Pública Estadal: Centralizada y Descentralizada y en los demás Organismos particulares que manejen bienes o fondos del Estado o que realicen contratos con este.

¿Quienes pueden dirigirse a la Oficina de Atención al Ciudadano?

Cualquier ciudadano que tenga conocimiento de hechos irregulares

¿Como hacer correctamente una denuncia a esta Oficina?

Para que su denuncia sea efectiva y útil debes proceder de la siguiente forma:

  • Relatar los hechos que constituyan irregularidades en el manejo de los bienes y recursos públicos.
  • Indicar quiénes son los presuntos responsables.
  • Aportar las pruebas que le permitan a la Contraloría verificar los hechos denunciados.
  • Brindar información clara y precisa.

¿Cómo consignar tu denuncia?

Usted puede consignar su denuncia personalmente ante la Oficina de Atención al Ciudadano, quien cordialmente tomará los datos y pruebas respectivas, y canalizará ante la autoridad competente, la solución respectiva.


No dude en suministrar sus datos personales, pues serán confidenciales.


Instructivo en Materia de Denuncias

Artículo 1.- Todo ciudadano podrá presentar las denuncias que estime pertinentes, cuando tenga conocimiento de que funcionarios públicos o particulares se encuentren involucrados en algún hecho irregular relacionado con el manejo de fondos o bienes públicos pertenecientes a las entidades sujetas al control de esta Contraloría, siempre y cuando éstas estén debidamente fundadas.

Artículo 2.- La denuncia podrá formularse verbalmente o por escrito y deberá contener la identificación del denunciante, la indicación de su domicilio o residencia, la narración circunstanciada del hecho, el señalamiento de quienes lo han cometido y de las personas que lo hayan presenciado o que tengan noticia de él, todo en cuanto le constare al denunciante.

Parágrafo Único.- Si la denuncia fuese formulada verbalmente, se levantará un acta en presencia del denunciante, quien la firmará junto con el funcionario que la reciba. La denuncia escrita será firmada por el denunciante o por un apoderado con facultades para hacerlo. Si el denunciante no puede firmar, estampará sus huellas dactilares.

Artículo 3.- Si la denuncia resultare falsa e infundada, o versare sobre hechos que no ameritaren averiguación o cuya sustanciación no corresponda a esta Contraloría, se procederá a dejar constancia mediante auto expreso en el expediente y en el cual se acordará que no hay lugar a proceder.

Artículo 4.- Los documentos originales que aportaren los particulares en su denuncia, serán devueltos a sus representantes, si así lo solicitaren, en cuyo caso se dejará copia certificada del documento.

Artículo 5.- No se admitirán denuncias anónimas, ello sin perjuicio del ejercicio de las atribuciones de control que de oficio puede iniciar este Organismo cuando considere que existen méritos para ello.

¿Qué sanciones impone la Contraloría del Estado Aragua ?

  • Impone multas.

  • Formula reparos en caso de daño patrimonial al Estado.

  • Deduce las responsabilidades administrativas correspondientes.

  • Pasa las actuaciones al Ministerio Público para el correspondiente juicio penal (si fuera el caso).

Ubicación de la Oficina de Atención al Ciudadano y Horario de Servicios:

Esta ubicada en la Calle Páez cruce con Brión al lado del Consejo Legislativo del Estado Aragua - Venezuela.
Código Postal 2101

Teléfonos de Contacto:

(0243) 233.21.19 / 233.58.86 / 237.75.33

Horario de Atención al Público:

Lunes a Viernes:

8:30 a.m. a 12:00 m / 1:00 p.m. a 3:30 p.m.


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