RIGUROSIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL

La Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional  de Control Fiscal, define a este último como un conjunto de órganos, estructuras, recursos y procesos, integrados bajo la rectoría de la Contraloría General de la República.

En esta forma debe darse por imperio legal una ínter actuación coordinada con el fin de lograr la unidad de dirección de los sistemas y procedimientos de control, para coadyuvar al logro de los objetivos generales de los distintos entes y organismos sujetos a la Ley, propendiendo así el buen funcionamiento de la administración pública.

Todo ello supone, fundamentalmente, un proceso de profesionalización y tecnificación adecuado a los nuevos tiempos de gran desarrollo científico y  tecnológico, so riesgo  que las instituciones se queden rezagadas y que su avance se haga nugatorio.

No en vano el legislador patrio al definir los principios que rigen el Sistema Nacional de  Control Fiscal, le confiere un carácter técnico fundamental.

Igualmente, al circunscribir dentro de estos principios la economía y la celeridad,  lógicamente se presupone que el recurso humano encargado de este ejercicio, debe asumir los nuevos retos que se presentan a la administración para  modernizarse y funcionar eficaz y eficientemente;  ya que esta es la vía más expedita de desarrollo integral, tomando en consideración que la educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar los fines del Estado.

Sin profesionalización y tecnificación, será casi imposible defender y desarrollar la persona humana y el respeto a su dignidad.

Mucho menos el ejercicio democrático de la voluntad popular y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento  de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.

A tal efecto numerosas normas constitucionales y legales establecen la ruta para el ejercicio y desempeño de los cargos públicos, al punto que es mandato constitucional que el  ingreso  de los funcionarios públicos a los cargos de carrera será por concurso público, fundamentado en principios de honestidad, eficacia y eficiencia, estando sometido a métodos científicos basados en el sistema de méritos y fundamentando  el traslado, suspensión y retiro en el   desempeño funcionarial.

Esta norma se sustenta en el criterio que solo personas que hayan adquirido un perfil  técnico, científico y profesional adecuado, pueden ser idóneos para ejercer funciones públicas, concatenando  otro principio fundamental, cual es el apoliticismo  partidista en su ejercicio, ya que los funcionarios están al servicio del Estado y no de parcialidad política alguna.

El esfuerzo que hemos hecho en este sentido ha sido enorme, tratando de adecuar nuestra estructura organizativa a las nuevas disposiciones constitucionales, legales y administrativas, preparando y mejorando el perfil  técnico y profesional de nuestro personal, ya que ahora, los nuevos roles a desempeñar dejan de lado el empirismo, imponiendo una rigurosidad técnica a la que estamos obligados por las normas.

Si bien es cierto que el proceso de globalización nace precisamente con el avance de la tecnología, la informática y la telemática, con todas las reservas que puedan tenerse sobre las implicaciones políticas y económicas, en desmedro  de los países más débiles, es innegable que puede  producir gran  aceleración de los procesos de integración y flujo de información, ya que  si se maneja con ponderación y cuidado, puede constituirse en un factor de avance para los pueblos.

La necesidad de tecnificación y profesionalización de los órganos de control fiscal, se corresponde precisamente con esa corriente de integración de la información y de transformación de la sociedad, que nos coloca en la disyuntiva  de  ponernos a tono con los sistemas modernos de control, para avanzar y no retrogradar.

Es posible integrarse a la modernidad mediante la educación, el trabajo, el estudio y la información, sin ceder un ápice de soberanía, ni renunciar a la consolidación de un Estado de justicia social

Lcdo. César Augusto Otero Duno