Reseña Histórica

La Contraloría del Estado Aragua es por mandato constitucional el Organismo Público Estadal, con competencia expresa para ejercer funciones de Vigilancia, Control y Fiscalización de los Ingresos, Gastos y Bienes Públicos Estadales, sin perjuicio de las facultades que corresponda a la Contraloría General de la República, como órgano Rector del Sistema Nacional de Control Fiscal.

Que es la Contraloría del Estado Aragua?

La Contraloría del Estado Aragua es un órgano del poder público estadal que goza de Autonomía Orgánica y Funcional. Además posee de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, capacidad financiera e independencia presupuestaria.

Ubicación de la Contraloría del Estado Aragua

La Contraloría del Estado Aragua se encuentra ubicada en la calle Páez Este, entre Brión y Bermúdez al lado del Consejo Legislativo, en la ciudad de Maracay, Estado Aragua.

Nacimiento Constitucional y Legal de la Contraloría

El nacimiento Constitucional se efectuó en un día esplendoroso que se corresponde con la celebración de una fecha memorable de la gesta emancipadora, denominado Día de la Juventud, concretamente el 12-02-1948, erigiéndose como un órgano Auxiliar de la extinta Asamblea Legislativa (art. 99), con autonomía funcional (art. 93); fue promulgada dicha Constitución por el Gobernador A. López Gallegos, en la fecha antes mencionada, siendo el Presidente de la República para ese entonces, el ciudadano Don Rómulo Gallegos electo en las elecciones del 14-12-1947, proclamado por el Congreso de la República el día 05-02-1948. Su misión consistía en, "la fiscalización de todos los ingresos y egresos del Tesoro del Estado, así como también la centralización, examen y control de todas las cuentas y operaciones fiscales de bienes estadales; Inclusive dinero, valores materiales y efectos adquiridos o administrados por Oficinas Estadales o por Institutos Autónomos".

El nacimiento Legal se materializó con la promulgación de la primera Ley de Contraloría por el Ejecutivo Regional el 07-07-1948, luego el día 12-07-1948 se aprobó por la Asamblea y posteriormente el día 14-07-1948 es designado el primer Contralor, recayendo en la persona del ciudadano Jesús Rausseo Pereney, se eligieron también ese día tres suplentes del Contralor, mientras que un auxiliar de la Contraloría sería de libre elección y remoción del Contralor. Dicho ciudadano tomó juramento del cargo el día 15-07-1948.

Abolición de la Contraloría

A finales de 1948 ocurrió un golpe militar que derrocó al Gobierno Constitucional del Presidente Rómulo Gallegos, y como consecuencia inmediata fue designado por la Junta Militar de Gobierno como Gobernador del Estado Aragua al Doctor Arnoldo Pacanins, quien mediante decreto Nº 03 del día 03-01-1949, dejó sin efecto la vigencia de la Constitución del Estado Aragua de 1948; a tal efecto se estableció en el artículo Nº 01: "El Estado Aragua se regirá por la Constitución Nacional promulgada el 14-01-1943, y por las Leyes, Reglamentos Estadales y Ordenanzas Municipales vigentes bajo el Imperio de dicha Constitución....."; luego mediante el Decreto Nº 31 procedió a la abolición de la Contraloría del Estado Aragua, estableciendo lo siguiente: "Considerando: que la Contraloría del Estado, creada por Ley sancionada por la Asamblea Legislativa... de fecha 07-07-1948, es un organismo inoperante, por no realizar adecuadamente las funciones de control, vigilancia y fiscalización, a cuyo cumplimiento esta destinada... en uso de sus atribuciones, Decreta: Art. 1ro, se eliminará a partir de la presente fecha 03-01-1949, la Contraloría de Estado".

Procuradores con Atribuciones de Contralor

Este período comenzó efectivamente con la Constitución de 1953, para ese año la Asamblea Nacional Constituyente eligió por unanimidad, al Coronel Marcos Pérez Jiménez Presidente Provisional de la República , quien posteriormente paso a ser Presidente Constitucional. En la Constitución del Estado Aragua de 1953 no se reapertura el órgano Contralor, se pone en marcha un mecanismo mediante el cual la atribución contralora pasa a ser competencia del Procurador del Estado (Artículo Nº 49). En secuencia de hechos se ratifica dicha postura en la Constitución de 1959.

En la antesala del renacimiento de la Contraloría, la Procuraduría General del Estado la ejercía el Doctor Germán Mendía Adames, este acontecimiento se suscita en el año 1959 cuando surge una fuerte actividad reactivadora de la Gestión Contralora. En sesión de la Comisión permanente de la Asamblea Legislativa del 11-03-1959 se decidió la creación de un Organismo Contralor, hasta que la Asamblea lo decida en sesiones ordinarias que llevaría el nombre de Oficina Contralora adscrita a la Procuraduría; evidentemente que el Doctor Mendía Adames, Procurador del Estado, ejercía la función Procurador – Contralor. El día 1ro de Julio de 1959 fue creado el Departamento de Contraloría mediante Resolución del Ciudadano Procurador y con fecha 8 de Julio de 1959 y es nombrado el primer Jefe del Departamento de Contraloría, el Señor Aníbal Martínez.

Renacimiento Legal

La creación del Departamento de Contraloría se enmarcó dentro de la Ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos de 1959. Con la aprobación de la nueva Ley de Contraloría el 15-07-1960, se formaliza la creación legalista de la Contraloría del Estado. No se denominó Contraloría hasta el 24-10-1961.

Renacimiento Constitucional

Con la nueva Constitución renace la Contraloría del Estado con carácter Constitucional, quedando derogada la Constitución de 1961 donde los Procuradores eran Contralores, de este año hasta el presente se ha mantenido con pequeñas variaciones en los lineamientos de la organización.


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